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General Information
The SILAN Society, whose formal name is "Sociedad Iberolatinoamericana
de Neurorradiología Diagnóstica y Terapéutica",
is a non-profit scientific professional organization established
in Acapulco in 1988 and registered in Mexico City on the 22nd day
of June 1989. It is composed of neuroradiologists, neurologists
and neurosurgeons involved in neuroimaging and neuro-intervention.
Its members are Spanish and Portuguese speaking neuroscientists
from Spain, Portugal, Brazil, Canada, United States and all Spanish-speaking
countries in America.
Society Goals
The main goal of the SILAN Society is to advance the level of Neuroradiology
in the countries represented by our membership by emphasizing the
following individual points:
- To stimulate the interest in diagnostic and interventional Neuroradiology
within our members' countries.
- To foster and support the development of Neuroradiology training
programs.
- To promote the acquaintance, friendship and scientific collaboration
between neuroradiologists from the member countries.
- To sponsor annual scientific meetings for the advancement of
neuroradiologic knowledge through didactic courses, oral and poster
presentations by its members and guest speakers. Meetings
- To stimulate the cooperative work between member neuroradiologists
and members of other medical and scientific disciplines in problems
affecting member countries.
- To establish communication pathways to spread current neuroradiologic
technical and scientific advances through printed and electronic
means.
- To promote the recognition and publishing of scientific work
by SILAN members, with emphasis in development of young neuroradiologists.
BULLETIN
- To award SILAN-supported scholarships to promising trainees
from member countries in modern neuroradiologic imaging techniques
and in advanced interventional Neuroradiology skills, mentored
by internationally recognized SILAN members. Scholarships
Membership Classification
The SILAN Society welcomes any neuroscientist of unblemished reputation
who is interested in the advancement of our discipline. The candidate
for membership should have formal professional training and should
dedicate an important portion of his/her professional practice to
the disciplines of diagnostic Neuroradiology and/or endovascular
treatment of diseases of the central nervous system. Depending on
training, credentials and accomplishments, accepted candidates will
be classified as:
Active Member: Active neuroradiologist with formal
training and professional certification by a recognized certifying
agency in Europe, Latin America, United States or Canada; or medical
neuroscientists whose credentials are presented to and accepted
by the SILAN Executive Committee. Only active members in good standing
have the right to vote in SILAN decisions and to hold elective positions
within our society.
Associate Member: Physician or scientist not eligible
for active member status, whose credentials and reputation merit
recognition by the SILAN Executive Committee.
Senior Member: Member who has retired from the practice
of his/her professional activities and/or who is older than 65 years
of age. Members older than 65 years who continue active in their
professsional practices will remain classified as "active members".
Honorary Member: Physician or scientist who has made
extraordinary contributions to the discipline of Neuroradiology.
This is the highest recognition bestowed on a non-member.
Corresponding Member: Member neuroradiologist who
fulfills the criteria for active status, but who lives and practices
outside of Portugal, Spain, Canada, United States or Latin America.
Junior Member:Candidate presented for membership
in his/her first year of Neuroradiology training.
Inactive Member: Member who is not up to date with
society dues. Members in inactive status for four years will automatically
surrender their membership and will have to apply to re-enter SILAN.
Apply for Membership
ESTATUTOS DE LA
SILAN
SOCIEDAD
IBEROLATINOAMERICANA DE
NEURORRADIOLOGIA
DIAGNOSTICA Y TERAPÉUTICA
A.C.
Constitución: Noviembre
1989
ARTICULO I
La Sociedad se conocerá conel nombre de
Sociedad Iberolatinoamericana de Neurorradiología Diagnóstica
y Terapéutica, A.C.
ARTICULO II
Objetivos:
-
2.1 Desarrollar y apoyar
normas para el entrenamiento de neurorradiólogos.
-
2.2 Estimular el interés
en el campo de la Neurorradiología diagnóstica
y terapéutica.
-
2.3 Promover la idea
de amistad y colaboración científica en la comunidad
neuro-radiológica.
-
2.4 Promover reuniones
para discutir y presentar manuscritos y diseminación
del conocimiento.
-
2.5 Fomentar la cooperación
y relación entre la Neurorradiología y otras
ramas de la Medicina y ciencias afines.
-
2.6 Establecer conductos
de publicación para presentaciones científicas
en el campo de la Neurorradiología.
ARTICULO III
Clasificación de miembros
-
La Sociedad está abierta
a todo aquel individuo con reputación profesional seria,
que practica la Neurorradiología diagnostica y/o que
canaliza una parte importante de su actividad profesional
al estudio y/o al tratamiento endovascular de enfermedades
del Sistema Nervioso.
-
Los Miembros serán divididos
en las siguientes categorías:
-
Activo, Asociado, Senior, Honorario,
Corresponal y Junior.
3.1 Clasificación
-
a) Neurorradiólogo clinicamente
activo con certificación de especialida europea, canadiense,
americana o latinoamericana.
b) Médicos o científicos
cuyas credenciales sean aceptadas por el Comité Ejecutivo.
c) Para continuar como Miembro
activo es necesario ejercer la Neurorradiología, con
excepción de actividades administrativas, aproximadamente
la mitad del tiempo profesional.
3.12 Asociado
Médico o científico
no elegible como miembro activo pero cuyas credenciales son
aceptadas por el Comité Ejecutivo.
3.13 Senior
Miembro activo o asociado que
ha alcanzado la edad de 65 años o que se ha retirado
de la práctica activa.
3.14 Honorario
Aquel individuo que ha hecho
contribuciones singulares a la Neurorradiologia diagnóstica
o intervencionista. Los candidatos a miembros Honorarios serán
presentados al Comité Ejecutivo por el Comité
de Miembros Honorarios.
3.15 Corresponsal
Neurorradiólogo/a que
reside y practica fuera de Portugal, España, EUA o
Latino-America pero que tienen las calificaciones necesarias
para miembro activo. Los candidatos a miembro corresponsal
deben ser presentados por dos miembros activos y deben de
ser recomendados al Comité de Elección de Miembros
por el Comité Ejecutivo.
3.16 Junior
Debe de haber completado un año
de entrenamiento formal en Neurorradiología en el momento
que se presenta a la Sociedad. Debe de ser presentado por
un miembro activo que pueda respalder el entrenamiento y plan
de estudios del candidato.
ARTICULO IV
Derechos y Beneficios
-
4.1 Sólo los
Miembros activos tendrán derecho a votar y a ocupar
cargos electorales en la Sociedad. Ellos pueden atender y
participar en las reuniones científicas y otras funciones
de la Sociedad.
4.2 Los miembros asociados
tendrán los mismos privilegios que los miembros activos,
con la excepción del voto y la capacidad de ocupar
un cargo en el Comité Ejecutivo.
4.3 El miembro Senior
retendrá los derechos y privilegios que ostentaba durante
su periodo como miembro activo o asociado. Estará exento
del pago de matrícula.
4.4 El miembro Honorario
tendrá todos los privilegios el miembro activo y estará
exento del pago de matricula.
ARTICULO V
Solicitudes
-
5.1 La solicitud para
la elección como miembro de la Sociedad deberá
ser presentada por escrito y en un formato aprobado por el
Comité Ejecutivo. Dicha solicitud deberá ser
acompañada con un cheque dirigido a la Tesorería
con una cifre que cubra un año de cuota. Esta solicitud
deberá ser apoyada por un miembro de la Sociedad, que
conozca el nivel profesional del solicitante.
5.2 Los nombres de todos
los solicitantes serán distribuidos por el Secretario
a todos los miembros votantes 30 días antes de la reunión
oficial de la sociedad.
5.3 Las objeciones sobre
un solicitante por un miembro votante deben de comunicarse
a un miembro del Comité Ejecutivo que se encargará
de notificar al resto del Comité Ejecutivo.
5.4 El Comité Ejecutivo
después de recitar las recomendaciones del Comité
de Elección de Miembros, votará sobre todas
las solicitudes rechazando y/o examinando todas aquellas solicitudes
que no cumplan los requisitos enumerados por los estatutos.
5.5 Las solicitudes aprobadas
por el Comité Ejecutivo serán sometidas a votación
de los miembros activos en la reunión oficial de la
sociedad. Se requiere la simple mayoría de los votos
para la elección.
5.6 La solicitud para
convertirse en miembro Senior será por escrito dirigido
al Secretario, que la presentará al Comité Ejecutivo
para su decisión final.
5.7 La elección
de un miembro Honorario deberá ser aprobada por unanimidad
del Comité Ejecutivo y miembros anteriores del Comité
Ejecutivo y será sometido al voto de los miembros activos
en una reunión oficial.
ARTICULO VI
Autoridades
6.1 Las autoridades de la Sociedad
serán un Presidente, un Presidente de Congreso, un Vicepresidente,
un Secretario, un Tesorero y tres Vocales. Ellos formarán
el comité Ejecutivo de la Sociedad.
-
- a) Los miembros del Comité Ejecutivo
actuarán por un término. Termino se define
como el período de tiempo que transcurra entre
dos reuniones oficiales, que por el presente serán
dos años.
- 6.2 Responsabilidades:
-
a) Presidente de la Sociedad
-
-
El Presidente presidirá
todas las reuniones de esta Sociedad y participará
en actividades pertinentes a su rango. El Presidente será
el Jefe del Comité Ejecutivo y miembro de todos
los demás Comités. El primer Presidente
de la Sociedad servirá por el término de
3 años, sus funciones comenzarán al cierre
de la reunión anual en la cual el Presidente fue
elegido y continuará hasta la elección de
un sucesor en otra reunión anual. Los
futuros presidentes servirán por el término
de dos años. El Presidente no podrá ser
elegido nuevamente.
b) Presidente de Congreso
El Presidente de Congreso será
responsable de los programas cientificosociales que se
desarrollarán en la próxima reunión
oficial en su área geográfica. El Presidente
de Congreso tendrá la autoridad de elegir un Comité
Local, responsable de la organización del programa
social. Las funciones del Presidente de Congreso cesarán
en dos años y comenzarán al cierre de la
reunión en la cual fue elegido
-
.c) Vicepresidente
-
El Vicepresidente presidirá
aquellas reuniones designadas por el Presidente. Asistirá
en la preparación de las reuniones científicas.
El término de Vicepresidente será por 2
años y comenzará al cierre de la reunión
anual en la cual fue elegido. El Vicepresidente será
también responsable de reemplazar al Presidente
en caso de que este sea incapaz de cumplir de cumplir
sus funciones. El Vicepresidente actuará como Presidente
durante el período de esta incapacidad. El
Vicepresidente automaticamente se convertirá en
el Presidente de la Sociedad a partir de la terminación
de su cargo o de haber ejercido dos años en sus
funciones como Vicepresidente.
d) Secretario
El Secretario mantendrá
una lista de los distintos miembros de la Sociedad y documentación
de todas las actividades de la Sociedad; notificará
a todos los miembros sobre todas las reuniones, sobre
el nombramiento de los miembros de Comités inmediatamente
después de su elección y sobre la aceptación
de los nuevos miembros de la Sociedad, inmediatamente
después de la reunión anual.
El Secretarios asistirá al
Presidente del Congreso en la organización de los
programas científicos, organizará la correspondencia
de la Sociedad y cumplirá con todas las funciones
dependientes de su cargo.
Recibirá y notificará
30 días antes de la reunión oficial: el
nombre de los nuevos solicitantes a miembros de la Sociedad,
el anunció de un voto de expulsión, propuestas
de cambios y/o modificaciones de los estatutos.
Recibirá y notificará
30 días antes de la reunión oficial sobre
las recomendaciones presentadas por los distintos Comités
al Comité Ejecutivo.
Su término será de
2 años comenzando en el cierre de la reunión
anual en la cual fue elegido. El Secretario puede ser
reelegido por dos términos.
e) Tesorero
Será responsable de los
fondos económicos de la Sociedad. Mantendrá
documentación pormenorizada de los recibos y pagos
pertenecientes a la Sociedad. Depositará dinero
y efectos valiosos en el nombre y a crédito de
esta Sociedad, en depósitos designados por el Comité
Ejecutivo. Recibirá y llevará al Comité
Ejecutivo las aplicaciones de nuevos miembros de esta
Sociedad, y notificará al Secretario sobre tales
aplicaciones, el cual notificará a los miembros
activos de esta Sociedad. El término de trabajo
será de 2 años. El tesorero puede ser reelegido
por un término.
-
f) Vocales
El número total de vocales
será de 6. Tres miembros cumplirán funciones
por un año y tres miembros por 2 años. Cada
vocal servirá como asesor del Comité Ejecutivo
y participará un funciones designadas por el Presidente.
g) Vacantes
-
Cualquier vacante en un cargo
del Comité Ejecutivo por renuncia, muerte, expulsión,
descalificación serán llenados por el Comité
Ejecutivo hasta el término natural de las funciones.
Cualquier miembro del Comité Ejecutivo puede ser
desplazado de su cargo por 3/4 votos del Comité
Ejecutivo o por 3/4 votos de los miembros activos llamados
para este propósito, siempre y cuando sean notificados
de tal propuesta por lo menos 30 días antes de
reunión
.
- 6.3 Comités permanentes de
la Sociedad
- Estos incluyen: Comité Ejecutivo,
Comité de reglamentos, Comité de Elección
de Miembros, Comité de Nominación, Comité
de Auditoria, Comité de Finanzas.
-
-
6.3.1 Comité Ejecutivo
El órgano gobernante
de esta Sociedad será el Comité Ejecutivo
que consistirá de un Presidente, Presidente de
Congreso, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y tres
Vocales.
Comité Ejecutivo
- a) El Comité Ejecutivo tiene
a cargo el manejo y administración de las actividades
de esta Sociedad.
- b) Organizará Comités
especiales según las necesidades pertinentes.
- c) Examinará todas las solicitudes
para ser miembros de esta Sociedad presentadas por
el Comité de Elección de miembros.
- d) Hará recomendaciones a
los miembros de la Sociedad acerca del lugar, fecha
y horario de las reuniones anuales.
- e) Nombrará un Comité
de Nominación.
Reuniones del Comité
Ejecutivo
- f) Las reuniones regulares del Comité
Ejecutivo serán organizadas en tiempo y lugar
por decisión directa del Comité Ejecutivo.
- g) El Comité Ejecutivo tiene
la Autoridad de actuar defendiendo los mejores intereses
de sus constituyentes. El Comité Ejecutivo
estará en quórum con la mínima
presencia de 4 de sus componentes, siendo uno de ellos
el Secretario o Tesorero.
6.3.2 Comité de
Reglamentos
El Comité de Reglamentos
estará constituido por 3 miembros de la Sociedad.
Estos servirán por 3 términos. Al comienzo
de la Sociedad, un miembro será nombrado por
3 términos, un miembro por 2 términos
y un miembro por l término. Durante cada reunión
oficial el Presidente nombrará un miembro. El
miembro que finaliza su término actuará
como presidente del comité. El Presidente, el
Secretario y el Tesorero serán miembros ex-oficio.
El Comité de Reglamentos
es responsable de la interpretación de la Constitución
de la Sociedad y de acuerdo con órdenes del Comité
Ejecutivo preparará modificaciones a la Constitución
para ser notades en la próxima reunión
oficial de la Sociedad.
6.3.3 Comité
de Elección de Miembros
El Comité de elección
de miembros estará formado por 3 miembros. Al
principio de la Sociedad, un miembro será nombrado
por 3 términos, un miembro por 2 términos
y un miembro por l término. El miembro del Comité
que esté en su último término será
el Presidente del Comité. Después de la
primera sesión, un miembro será nombrado
durante cada reunión oficial por e términos.
El Comité de Elección de miembros decretará
si cada solicitante llena los requisitos para ser miembro
y presentará sus recomendaciones al Comité
Ejecutivo.
6.3.4 Comité
de Nominación
El Comité de nominación
estará formado por el Presidente del Comité
Ejecutivo, Vicepresidente, Presidente del Comité
de Reglamentos y un miembro activo nombrado por el Presidente
por un término y que presidirá este Comité.
El Comité de nominación
seleccionará aquellos candidatos que considere
adecuados para funciones ejecutivas y los elevará
al Comité Ejecutivo para ser presentados para
voto en la reunión oficial de la Sociedad.
6.3.5 Comité
de Auditoria
El Comité de Auditoría
estará formado por 2 miembros nombrados por el
Presidente y este designará cual de los dos miembros
presidirá. El Comité
de Auditoría examinará las cuentas de
tesorería y usará los servicios de un
contador público para certificar el informe anual
de tesorería.
El Comité de Finanzas
estará constituido por el Vicepresidente, Presidente
cesante, Presidente de Congreso, Secretario, Tesorero
y un miembro activo nombrado por el Presidente por un
término. El Presidente decidirá quien
preside el comité. El comité
de finanzas con la aprobación del Comité
Ejecutivo, establecerá las normas para el manejo
fiscal de la Sociedad.
6.4 Reuniones de los Miembros
- a) La reunión de los constituyentes
se efectuará cada 2 años en fecha y lugar
designados por el Comité Ejecutivo. La Reunión
rotará entre los distintos paises componentes de
la Sociedad. El Comité Ejecutivo presentará
sus recomendaciones para la elección del lugar
de la reunión a los miembros en la reunión
oficial. Las negociaciones se establecerán en portugués
o español.
b) Reuniones especiales pueden organizarse
a discreción del Presidente del Comité Ejecutivo
ó a petición de ¾ partes de los miembros
activos. c)
Los miembros presentes en la reunión oficial constituirán
un quórum.
d) En el caso de cancelación de
la reunión anual, las actividades de la Sociedad
serán llevadas por el Comité Ejecutivo hasta
la próxima reunión oficial.
- 6.5 Nombramiento y Elecciones
- En la reunión oficial, el Comité
de Nominación presentará una lista de
candidatos para varios cargos de esta Sociedad. Nuevos
candidatos pueden presentarse durante la reunión
oficial. Esta Sociedad elegirá
en la reunión oficial al Presidente, Presidente
de Congreso, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y
dos Vocales. La elección se efectuará
por mayoria de votos de los miembros presentes. Las
negociaciones se efectuarán en español
y portugués.
- 6.6 Matrículas
- a) La Matrícula anual de los
miembros de esta Sociedad se establecerá por
voto en el Comité Ejecutivo y estará relacionada
con las necesidades de la Sociedad.
b) La matrícula de los miembros
será pagada luego de recibir notificación
de Tesorería en enero de cada año y será
válida por el correr del año.
c) Los miembros Senior y Honorarios estarán
exentos del pago de matrícula.
6.7 Cambios de Estatutos
- El Secretario notificará cualquier
cambio propuesto en la Constitución a todos los
miembros de la Sociedad por lo menos 30 días
antes de la reunión anual: se necesitará
un voto afirmativo de ¾ de los miembros presentes
en la reunión oficial para modificar estos Estatutos.
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